Con la entrada en vigor de la Ley 21.643, también conocida como Ley Karin, es obligatorio para las instituciones implementar acciones para establecer los plazos de las distintas etapas tras una denuncia. Para ello, la Universidad de Concepción diseñó dos instrumentos normativos que exige la Ley, un Protocolo de Prevención de Acoso Laboral y Violencia en el Trabajo y un Procedimiento de Investigación de Denuncias de Acoso Laboral y Violencia en el Trabajo.
Como una forma de continuar con la socialización del Protocolo y el Procedimiento en la comunidad universitaria, la Dirección de Personal UdeC envió a la abogada a Antonia Cruz Pereira a realizar una presentación sobre estas materias a las y los funcionarios de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad de Concepción.
Al respecto, se mencionó que en una entrevista a Noticias UdeC, la Directora de Personal UdeC, Cecilia Saavedra Valenzuela, indicó que “el Protocolo de prevención tiene una mirada desde la perspectiva de los riesgos psicosociales y el impacto de las figuras de acoso laboral y violencia en el trabajo como riesgos y potenciales atentados a elementos de la salud mental”.
En caso de sufrir acoso laboral, la denuncia puede ser presentada en forma escrita a la Dirección de Personal UdeC, en cuyo caso, a través del timbre, se deja el registro, la constancia y la fecha de recepción. También puede ser recibida por correo electrónico y a través de “mis servicios online” en la intranet institucional, todo trabajador universitario puede acceder a la herramienta de denuncia.
La Ley Karin también contempla la posibilidad de interponer la denuncia en forma verbal, en cuyo caso la persona debe manifestar aquello en la Dirección de Personal UdeC, de manera que se le coordine inmediatamente una entrevista con los profesionales que correspondan, para así levantar un acta que formalice el procedimiento.
Cabe destacar que la Universidad ya cuenta con un Protocolo de Actuación específico para investigar y sancionar el acoso sexual. Este protocolo se aplica a todas las denuncias de acoso sexual cuando tanto la persona denunciante como la persona denunciada, son parte de la comunidad UdeC, en este caso trabajadoras y trabajadores de la Universidad.
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